Este blog es un espacio para pensar, construir, deconstruir, analizar, meditar, cognocer, metacognocer, reflexionar, observar, interiorizar, exteriorizar, encarnar, criticar y trascender nuestros procesos de evaluación

viernes, 4 de diciembre de 2009

CRITERIOS DE PROMOCIÓN

“La promoción es una consecuencia de todo el proceso de aprendizaje y, de manera inmediata, de la evaluación, pero, particularmente, de la calificación que se haya asignado, de acuerdo con la escala valorativa”[1]. A continuación se exponen los criterios de promoción que la Institución Educativa Gustavo Matamoros D’Costa aplicará en sus procesos de evaluación.

1. Serán promovidos al siguiente grado:

a) Aquellos estudiantes que aprueben los logros propuestos en los planes de estudios de las áreas estipuladas en la institución.

b) Aquellos estudiantes que al no aprobar los logros propuestos para el grado en una o dos áreas, presenten sus actividades de superación alcanzando allí los logros pendientes.

c) Aquellos estudiantes que al no aprobar los logros propuestos para el grado en una o dos áreas, y que presentando sus actividades de superación no alcanzan los logros pendientes, el comité de evaluación del aprendizaje, seguimiento académico y promoción escolar, después de un estudio del caso y sustentado en razones decide promoverlos.

d) Aquellos estudiantes que en la constancia de desempeño de la institución de donde provengan, reporte que el estudiante ha sido promovido al siguiente grado.

e) Los anteriores criterios aplican para los estudiantes de media técnica adscritos al convenio de la Institución con el CASD, para los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales que alcanzaron las competencias básicas propuestas en la adaptación curricular.

f) La jornada de jóvenes y adultos promoverá a sus estudiantes si alcanzan cuatro de las cinco áreas integradas, en ciclo V, haciendo la recuperación correspondiente en ciclo VI y para cada uno de los ciclos I, II, III se promoverán si alcanzan tres de las cinco áreas, debiendo hacer la respectiva recuperación en el ciclo siguiente. Al finalizar el ciclo IV por ser la culminación de la educación básica, los estudiantes deberán alcanzar la totalidad de las cinco áreas integradas, de igual manera para ciclo VI. teniendo en cuenta que se asume la misma escala de valoración institucional propuesta en este proyecto.

2. No serán promovidos al siguiente grado:

a) Aquellos estudiantes que no alcancen los logros propuestos para el grado en tres o más áreas. Es de aclarar que un estudiante no alcanza el logro propuesto cuando su nota definitiva está entre 1.0 o 2.9 de acuerdo con la escala de valoración institucional.

b) Aquellos estudiantes que no alcanzando los logros propuestos para el grado en una o dos áreas, presentan su examen de recuperación sin obtener los mínimos resultados esperados, y el comité de evaluación del aprendizaje, seguimiento académico y promoción escolar, después de un análisis detenido del caso y argumentando razones, acuerdan no promover al estudiante.

c) Aquellos estudiantes cuya inasistencia injustificada que iguale o supere el 20% de la asistencia total, es decir, 40 días de inasistencia. Cabe aclarar que si la inasistencia es justificada el docente tendrá la responsabilidad y deber de ayudar al estudiante, hasta donde sea posible, a alcanzar los indicadores de logro propuestos durante su ausencia y dejar evidencia del trabajo realizado.

d) Aquellos estudiantes que en la constancia de desempeño de la institución de donde provengan, reporte que el estudiante NO ha sido promovido al siguiente grado.

e) Los estudiantes con necesidades educativas especiales que no cumpla con las adaptaciones curriculares dispuestas para él, pese al acompañamiento del docente y las diferentes estrategias pedagógicas.

f) Los estudiantes con necesidades educativas especiales que por falta de interés o falta de acompañamiento de los padres de familia y/o acudientes no asistan al 10% de los seguimientos programados por el al aula de apoyo.

g) Los estudiantes de media técnica adscritos al convenio de la Institución con el CASD que no sean promovidos por dicha institución y que por insuficiencia en la intensidad horaria con la media académica de nuestra institución tampoco pueden ser promovidos.

h) En la jornada de jóvenes y adultos no serán promovidos aquellos estudiantes que no alcancen los logros en tres o más áreas en los ciclos I, II y III, en dos o más áreas para el ciclo V y una o más áreas para ciclos IV y VI. Además aquellos que no presenten el proyecto final de grado o que dejen de asistir injustificadamente al 20% del periodo académico.

i) Aquellos estudiantes que pasaron con cuatro áreas pendientes del 2009 y después de las jornadas de superación no alcanzan los logros en tres de ellas.

j) Aquellos estudiantes que después de las jornadas de superación no alcanzaron los logros en una o dos de sus tres o cuatro áreas perdidas y el comité de evaluación decida su no promoción.

k) Aquellos estudiantes que debiendo presentarse a jornadas de superación para las áreas que quedaron pendientes del 2009, no se presenten a dichas actividades.

3. Serán promovidos anticipadamente:

a) Aquellos estudiantes que después de realizarles la evaluación diagnóstica del grado a promover, en cada una de las áreas, obtengan un desempeño alto o superior en los logros que dichas pruebas plantean. Este ejercicio se realizará durante el primer periodo académico. Es de aclarar que el estudiante promovido estará en la responsabilidad de nivelarse en el nuevo grado.

b) Aquellos estudiantes que al perder una o dos áreas quedan con promoción pendiente e inician el nuevo año escolar repitiendo grado, pero al demostrar en las pruebas de recuperación suficiencia en los logros pendientes son promovidos al siguiente grado, o bien porque el comité de evaluación del aprendizaje, seguimiento académico y promoción escolar después de un estudio del caso y sustentado en razones decide promoverlos.

c) En la jornada de jóvenes y adultos serán promovidos anticipadamente aquellos estudiantes que presenten y aprueben las evaluaciones contempladas en el decreto 3011 de 1997. De igual manera podrán ser asimilados al ciclo solicitado los aspirantes que pidan y aprueben las evaluaciones pertinentes. Es de aclarar que dichas evaluaciones se deberán aplicar antes de semana santa.

4. Quedarán con promoción pendiente.

a) Aquellos estudiantes que no alcanzando los logros propuestos para el año en una o dos áreas, deben esperar a la primera semana del siguiente año escolar para definir su situación académica a través de unas actividades de superación o del análisis y decisión a tomar por el comité de evaluación del aprendizaje, seguimiento académico y promoción escolar.

b) Aquellos estudiantes que no alcanzando los logros propuestos para el año 2009 entre una o cuatro áreas, deben esperar a las primeras semanas del siguiente año escolar (2010) para definir su situación académica a través de unas actividades de superación o del análisis y decisión a tomar por el comité de evaluación del aprendizaje, seguimiento académico y promoción escolar.



[1] MONTENEGRO Aldana, Ignacio Abdón. Como evaluar el aprendizaje escolar: Orientaciones para la aplicación del Decreto 1290 de 2009. Editorial Magisterio. Bogotá. 2009. p.121

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