El sentido de los proyectos pedagógicos es generar transformaciones culturales en
Los proyectos se basan más que en objetos de estudio, como en el caso de las áreas, en núcleos problemáticos de las personas y sociedades que es preciso clarificar y atender a través de la investigación conjunta de maestros y alumnos.
El artículo 36 del decreto 1860 de 1994 incorpora al Plan de estudios los proyectos pedagógicos:
“El proyecto pedagógico es una actividad dentro del plan de estudios que, de manera planificada, ejercita al educando en la formación de problemas cotidianos, seleccionados por tener una relación directa con el entorno social, científico y tecnológico del alumno. Cumple la función de correlacionar, integrar y hacer activos los conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores logrados en el desarrollo de diversas áreas, así como la experiencia acumulada… Los proyectos pedagógicos también podrán estar orientados al diseño y elaboración de un producto, al aprovechamiento de un material equipo, a la adquisición de dominio sobre una técnica o tecnología, a la solución de un caso de la vida académica, social, política o económica y, en general, al desarrollo de intereses de los educandos que promuevan su espíritu investigativo y cualquier otro propósito que cumpla los fines y objetivos en el proyecto educativo institucional”.
De lo anterior se puede inferir que también existen proyectos obligatorios. El mismo artículo señala que: “la enseñanza prevista en el artículo 14 de la ley 115 de 1994, se cumplirá bajo la modalidad de proyectos pedagógicos”.
De acuerdo con el artículo 14 de la ley general, modificado por las Leyes 1013 y 1029 de 2006, las temáticas de enseñanza obligatoria son:
“a) El estudio, la comprensión y la práctica de
Para la educación preescolar y básica existe, además, el proyecto “Prevención de desastres y atención de emergencias”, de acuerdo con la resolución 7550 de 1994. Para educación media, existe, además, el proyecto para dar cumplimiento al servicio social estudiantil obligatorio, de acuerdo con la resolución 4210 de 1996.
Pero, además de estos, la institución educativa puede crear otros, por ejemplo, algunos colegios tienen el proyecto de lectura y escritura, otras el de comunicaciones. Por esto afirmamos que existen proyectos obligatorios y también puede haber optativos[2].
De acuerdo a lo anterior
a) Los docentes o grupos de docentes podrán tener a su cargo proyectos pedagógicos organizados bajo núcleos problemáticos[3], los cuales deberán presentar por escrito a la coordinación académica quien se encargará de anexarlos al currículo construido por
b) Los estudiantes tendrán la posibilidad de escoger libremente los proyectos a los cuales quieran pertenecer, conformando semilleros de investigación, que estimularan su interés por el aprendizaje, así como su curiosidad y amor por el conocimiento.
c) Dichos proyectos se pueden plantear desde la óptica inter, pluri o transdisciplinaria[4].
d) Cada semillero contará con un cupo límite de estudiantes según lo dispongan los docentes orientadores.
e) Los semilleros contarán con un tiempo y lugar cada 15 días para reunirse y revisar avances y tareas. Dichos encuentros coincidirán siempre en la semana que
f) Los docentes evaluarán cada periodo el trabajo realizado en el proyecto, dicha evaluación se ceñirá bajo los criterios expuestos en la escala de valoración institucional.
g) El valor porcentual para dicha calificación es del 5% por periodo de tal manera que finalizado el año escolar el estudiante contará con el 20% requerido, en el cuarto periodo, como proyecto final de área o grado.
h) La calificación obtenida cada periodo en los proyectos solo incidirá para el cuarto periodo en el área o áreas que lo orientan.
i) Los estudiantes y asignaturas que no participen de los semilleros valorarán a partir de lo expuesto en el inciso “i” de la escala de valoración institucional que afirma que para aquellas asignaturas que no participen del proyecto final de grado, los periodos académicos tendrán el siguiente valor: Primer periodo: 25%; segundo periodo: 25%; tercer periodo: 25%; cuarto periodo: 25%.
j) Para las asignaturas y estudiantes que participen de los semilleros los periodos académicos tendrán el siguiente porcentaje de valor: Primer periodo: 20%; segundo periodo: 20%; tercer periodo: 20%; cuarto periodo: 40% distribuido de la siguiente forma: 20% trabajo académico y 20% proyecto final de área o grado. De acuerdo a lo expuesto en el punto “h” de la escala de valoración institucional.
k) Los docentes tendrán libertad de diseñar e implementar su proyecto de acuerdo a la intencionalidad y fases en las que quiera enmarcar su trabajo, teniendo en cuenta también los intereses de los estudiantes, sus ritmos de desarrollo y las orientaciones y sugerencias que ellos aporten al proyecto.
l) Se sugiere a los docentes que orientan los semilleros inscribir su proyecto al Programa Ondas de Colciencias, con el fin de conseguir el apoyo y los recursos que el Estado ofrece a través de este programa. Para mayor información consultar las siguientes páginas web:
Programa Ondas
http://www.colciencias.gov.co/portalcol/index.jsp?ct=152&cargaHome=3&codIdioma=es
Guía de la investigación y de la innovación del Programa Ondas: Parte 1
http://www.colciencias.gov.co/portalcol/downloads/archivosContenido/626.pdf
Guía de la investigación y de la innovación del Programa Ondas: Parte 2
http://www.colciencias.gov.co/portalcol/downloads/archivosContenido/631.pdf
m) En la jornada de jóvenes y adultos para optar por el título de bachiller además de obtener todos los logros propuestos en cada una de las áreas el estudiante deberá presentar y aprobar el proyecto de grado propuesto.
[1] MONTENEGRO Aldana, Ignacio Abdón. Cómo evaluar el aprendizaje escolar: Orientaciones para la aplicación del decreto 1290 de 2009. Bogotá: Editorial Magisterio. 2009. p.81.
[2] Ibid., p.51
[3] Se entienden como cuestionamiento o conjunto de cuestionamientos generales que orientan o permiten el acercamiento a una región del conocimiento, estrategia curricular interdisciplinaria, y en cuanto tal, como conjunto de conocimientos afines que posibilitan definir prácticas y procesos de investigación en torno a un objeto/problema. Tomado de: http://www.ucpr.edu.co/licenciaturaReligiosa8.php
[4] Interdisciplina entendido como intercambio y cooperación de cada una de las áreas de conocimiento. Pluridisciplina como asociación de disciplinas en virtud de un proyecto o de un objeto común, bien sea para resolver un problema o, por el contrario, pueden estar en interacción profunda para intentar concebir este objeto y este proyecto. Transdiciplina como esquemas cognitivos que pueden atravesar las disciplinas. Cfr: MORIN, Edgar. La cabeza bien puesta. Repensar la reforma. Reformar el pensamiento. Buenos Aires: Nueva visión, 2001. p.126-127
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